que pudiefe apremiar a nthgun Chrifiiano en nin-guna. manera. Et militiae Chrifliana? quodam mo-do contrarium videtur, veteranis Chrißi militibustirones hos prseferri, qui paulö ante fufcepta pu-blica officia ipfi aut eorum parentes Catholicamfidem & religionem Chrißianam foedis a Jud«eisceremoniis iJludebant, & infedUbantur : & quo-dam modo eis daretur occafio ut in luperbiam ela-ti injuriam Chriftianis in multis pararent ob inna-tam contra eos inimicitiam; ut graviter confide-rat Covar. in diÜ. Clement, fi furiofus i . part. §.2. numer. 8. in princip. unde tefles contra Chri-fiianos efle non poffunt, ut latiflime tradit Fari-nac. de poffeßonibus contra teßes q. 5 6. a numer.205.
6 Neophyti -f* etenim quodam modo jure quo-dam hxreditario, ä majoribus fuis derivato, ir-reconciliabili odio veteranis Chriftianis, 6c ver-bis & fa&is invidi , semuli, inimici, iracundi &vindices exhibentur : cujus rei etfi plura exem-pla polfem afferre, de quibus per Fortalitium fi-dei Hb. 5. per tot um licitvm: iEnarde Cardonade expulßone Jußificabronum ab Hifpania cap. 48.fol. 183. illa tantum qua; vemaculo fermone Ig-natius de Villar in fua ßlva refponforum lib. 12.refponf. adducit> quia forte non ad manus omniumliber ejus occurret ; prout ipfe reftrt & eifdemverbis referam ibi: acaecio pues que quando losbienaventurados, y diehofos Heyes Catholicos D.Fernando y Donna lfabel por el bien univerfal denueßra Efpaha , y a buena Ventura de los Chri-fiianos de ella mandaron echar y echaron fuera delos Reynos a los Judios enemigos y efcarnidores dela lei Evangelica : un Judio en la dicha ciudadde Cordana tenia por amigo a un Chriftiano viejode quien avia recivido muchos beneßcios. EfteJudio era rico de poßeßones y eredades, las qualesno podia vender fin gran du.no y perdida de fuhazienda por ßer el termino dentro del qual losdichos Judios avian de falir de eßos Reynos muybreve: acordo el Judio de ocurir con eßa nece-ßdad ( como con las demaßolia ) a el amigo Chri-fiiano viejo el qual guardando ßelmente las leies deamifiad, dio orden en que dentro de muy brevetiempo hizo vender a fu amigo fus eredades en losprecios que v alt an, y mas, fingiendo fer propiasfuias por mejor encubrir la necefidad de Ju amigoen tal conjuntura , y recogido todo el dinero deellas fe lo entrego a el Judio: el qual con gran-de inßancia rogo a fu amigo le pujiejfe fu dineroen falbo aßa la raia de Tortugal, adonde fe ibaa bivir, y el Chrifiiano viejo Cordoves lo hizoajji: y al tiempo que el uno fe defpedia de el otroentendiendo el Judio que condignamente pagavaa fu amigo el Chrifiiano lo que a fus buenas obrasdevia , le dixo el Judio : fenor, quiero os dar un
•7 confejo por la defpedida -f en pago de lo muchoque os devo conque enticndo fatisfago la den dade nueflra antigua amifiad y ruegos que no lo ol-videis , y es que mientras vivieredes eftes la bar-ba fobre el honbro para no ßaros en cofa que in-porte de ningun onbre de nueftra nacion y gene-racion aunque fea baptifado porque os ago faveralei de buen Judio que defde el bientre de nuejlrasmadres nacimos enemigos y lo fomos muy deverasde Chrifiianos en tanto grado que de ninguna co-fa tenemos mas cuidado que de ofcnderlos y dartraca como enganarlos, y os certifico que con quan-to bien me aveis echo y conozco que os devo ß aefie tienpo de la partida pudiera hazeros algun ti-ro y enganaros lo hiciera no porque vueßras obraslo merefen fino es por que no es mas en mi mano
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ni de los demas Judios de mi nacion ß alguna veZfcofrez. ocaßon de enganar 0 ofender abun Chri-fiiano y lo dexamos de hacer es porque en aljranoslo eßorba la prudencia conque vencemos nueflramala inclinacion ; y en otros no tanvien conßdera-dos lo eßorva la covardia y temor de la pena ( pormanera que no dexamos de hazer mal ßno es quandono podemos ) cuio avifo fue de tanta eßcacia quede alli adelante jamas el Chrifiiano viejo fe fid deningun Judio convertido ni träte ni converso conningun honbre de aquella generacion, y quando porlas mananas falia de fu cafa entre otras cofas quedecia encomendandofe ä Dios era fantiguandofe,decir: libra me Senor, de los lacos del demonio ytrapafas y enganos de Judios. Confilium pro-ftdiö Juda»i nobis omnibus i'aluberrimum fuit ,& magni faciendum , & ex quo oderunt nos , utfcriptum eft apud Lucam cap. 1.
Semexante es el cuento precedente a otro que deeßa perverfa gente me refirio un -Amigo mio clerigotheologo de buena viday linpia generacion, el qualfalio de la voca de don Juan Murtinez Selizco Ar-zobifpo que fue de Toledo de buena memoria yfundador de tan fanto y loable eßatuto como todosfabemos que fundo en la fanta ygleßa de aquellaciudad; y fue que quando ( como eßa dicho ) losdichos Rcies Catholicos tenian determinado expe-ler de nueßra Efpana la lepra de la fwagoga yaviendoles ya aßgnado el termino a los Judios pa-ra fahr de eßos Reinos : vtendo fe tan trißes yaffiigidos con tan triße decreto acordaron efcriviruna carta a los Judios de la ßnagoga de Confian-tinopla [ignißcandoles la miferia en que eftaban ypidiendoles confexo y parecer para lo que aviande hazer en tan grande aßiccion y trabajo pues lesera forzado a bautifarfe 0 dexar fu naturaleza condetrimento de Jus haciendas. Vifta pues la dichacarta por los principes de la ßnagoga de Lonßan-tinopla refolvicron el darles ä ßus amigos el masagradable confejo que para fu indignacion fe pudoimaginar y el mas daficfo que pudieron inventarpara fus enemigos los Chrifiianos, y fue que en re-fpueßa de la carta dixeron aß:
Hermanos y amigos nuefiros, una. carta vuefira,recivimos por la qual nos ßgnißcais el travaxo ymiferia en que efiias, y para falir de ella nos pe-dis confejo , favor, y ayuda: el qual os dierainosde muy buena gana con nuefiras perfonas y hazien-das como nueßra lei y Nacion nos obliga , fi la di-ßancia tan grande de tierra no nos lo empidiera :pero d. ros e?nos un confejo provecho'o con que po-d.ais confervar vueßras haziendas y vengaros de losChrißianos de e[fa Efpanola gente que tanto ha pro-curadoy procura la diminucion de nueflra fanta leiy efiado Judaifmo; y es que lo mejor que pudie-reis -j- fofeqeis viteftro efpirituy dißmuleis conpa- 8ciencia vueßro dolor y los que tubieredes grandespoßeßones y las pudiereis vender fin daho nota-ble vueftro las vended y venios aca que nofotrosos ayudaremos a. confervar vueßro efiado y puntoen que aveis vivido : de manera, que no fintais mu-cho la aufencia de vueßra patria, y los que efiono pudiereis hazer Bautizaos como el edißo delRei manda folo para cumplir con el confervandofiempre en vuefiro pecho nueftra ley y pues decisqueos quitan vueftras haziendas haced vueßros hi-jos avogados y Mercaderes y quitadles en ellos alos fujos fus haciendas y pues decis que os quitanlas vidas hazed vueßros hijos medicos y ziruxa-nos y Boticarios y quitarles aneüo a fus hijos yde defcendientes fujos : y pues decis que los di-chos Chrifiianos os han violado y profanado vue-ßras